Puntos clave
- El poder notarial lo hace el propio padre o la propia madre. Un familiar no puede crear uno en su nombre.
- Un apoderado (agent) con un poder notarial no puede manejar los beneficios del Seguro Social ni del VA sin un nombramiento aparte de esa agencia.
- Una cuenta conjunta cambia quién es dueño del dinero. Una cuenta de conveniencia (convenience account) no.
- La tutela legal del patrimonio (conservatorship of the estate) es un caso judicial, y la persona que la pide debe demostrar que las opciones menos restrictivas no funcionarían.
- Quien maneje el dinero debe mantenerlo separado del suyo y llevar registros.
¿Cuáles son las formas de manejar el dinero de un padre o una madre?
La Oficina para la Protección Financiera del Consumidor (Consumer Financial Protection Bureau, CFPB) ordena las opciones en ayuda informal, como estar presente en una reunión con el banco, y arreglos formales que le dan a alguien autoridad legal. La guía de autoayuda de los Tribunales de California (California Courts self-help guide) enumera los formales como alternativas que una familia debe considerar antes de pedir a un tribunal una tutela legal (conservatorship).
Esta página describe cada herramienta en términos generales. No es asesoría legal, y cuál conviene a su familia es una pregunta para un(a) abogado(a) especializado(a) en derecho de personas mayores (elder law). El lado de la atención médica, incluido lo que una familia puede hacer cuando su padre o su madre dice que no a una mudanza, está en cuando su padre o su madre rechaza la vida asistida.
Las herramientas principales se comparan así:
| Herramienta | Quién la establece | Qué cubre |
|---|---|---|
| Cuenta de conveniencia o de agencia (convenience or agency account) | El padre o la madre, en el banco | Un ayudante puede depositar, retirar y girar cheques. El dinero sigue perteneciendo solo al padre o a la madre |
| Cuenta conjunta | El padre o la madre, en el banco | El dinero es de propiedad conjunta, y el cotitular lo recibe automáticamente cuando muere el padre o la madre |
| Poder notarial financiero | El padre o la madre, en un documento firmado | El dinero y los bienes que el documento nombra. La guía de los tribunales señala que no hay supervisión automática |
| Representante del beneficiario | La Administración del Seguro Social (Social Security Administration) | Solo los beneficios del Seguro Social y de la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) |
| Fiduciario (trustee) de un fideicomiso en vida (living trust) | El padre o la madre, en el documento del fideicomiso | Solo el dinero y los bienes que están en el fideicomiso |
| Tutela legal del patrimonio | Un juez | Las finanzas de la persona, según lo establecido en los documentos del tribunal, con supervisión judicial |
Qué hace un poder notarial financiero
La guía de los Tribunales de California describe un poder notarial como un acuerdo que permite que una persona nombre a otra para tomar decisiones financieras o de otro tipo en su nombre. Puede ser duradero (durable) o de efecto condicionado (springing); un poder de efecto condicionado entra en vigor cuando ocurre algo, como una determinación de incapacidad. Puede limitarse a una sola decisión. La persona que lo hizo puede cambiarlo o terminarlo.
La guía de la CFPB para apoderados establece cuatro deberes: actuar solo en el mejor interés de la persona, manejar el dinero y los bienes con cuidado, mantenerlos separados de los suyos y llevar buenos registros. Sus reglas prácticas se derivan de esos deberes. Lea el documento y haga lo que dice, porque la autoridad del apoderado se limita a lo que permiten el documento y la ley estatal. Pague los gastos de la persona con los fondos de la persona. Firme como apoderado, en una forma como "Juan Doe, como apoderado de Martina Roe", nunca solo con el nombre de su padre o de su madre.
Hay un límite que sorprende a las familias. La CFPB dice que un apoderado no puede manejar beneficios del gobierno, como los del Seguro Social o los del VA, sin un nombramiento aparte de la agencia.
Las cuentas conjuntas y los representantes del beneficiario
Agregar a un hijo o una hija a una cuenta bancaria es la solución más rápida y la que tiene más efectos secundarios. La CFPB explica que en una cuenta conjunta el dinero es de propiedad conjunta y el cotitular de la cuenta recibe automáticamente el dinero cuando muere el dueño. Una cuenta de conveniencia, a veces llamada cuenta de agencia, permite que un ayudante deposite, retire y gire cheques sin cambiar quién es dueño del dinero. Pregunte al banco qué tipos ofrece.
La guía de la CFPB dice a los apoderados que eviten las cuentas conjuntas, y que busquen asesoría legal antes de cambiar una que ya existe. Una cuenta conjunta tampoco sirve de nada para el Seguro Social. La Administración del Seguro Social dice que tener una cuenta bancaria conjunta o un poder notarial no es lo mismo que ser representante del beneficiario, y que una persona debe presentarle una solicitud y ser nombrada. Cómo funciona eso está en usar el Seguro Social y las pensiones para pagar el cuidado.
Cuando interviene un tribunal: la tutela legal del patrimonio
Si un padre o una madre ya no puede manejar el dinero y nunca firmó un poder notarial, la vía que queda es el tribunal. En una tutela legal, un juez nombra a un tutor legal. La guía de los Tribunales de California dice que la tutela legal del patrimonio es el tipo que se ocupa de las finanzas, y que se puede nombrar a una sola persona tanto para la persona como para el patrimonio, o a personas distintas para cada uno.
El estándar está en la sección 1801 del Código de Sucesiones de California (Probate Code). Se puede nombrar a un tutor legal del patrimonio para una persona que es sustancialmente incapaz de manejar sus propios recursos financieros o de resistir el fraude o la influencia indebida. La sección agrega que la incapacidad sustancial no puede probarse únicamente con incidentes aislados de negligencia o de imprevisión.
La guía de los tribunales subraya dos cosas. Necesitar ayuda no es suficiente: un juez puede nombrar a un tutor legal solo si se demuestra que es necesario. Y cualquier persona que la pida debe explicar por qué las opciones menos restrictivas no funcionarían. Para las tutelas legales del patrimonio, el consejo de la propia guía es hablar con un abogado.
Pagar al hogar de cuidado mes a mes
Una vez que la autoridad está establecida, el trabajo es rutinario. Estos hábitos provienen de las guías de la CFPB:
- 1
Mantenga el dinero de su padre o de su madre a nombre de él o de ella
Nunca lo deposite en su propia cuenta ni en la de otra persona.
- 2
Pague al hogar con los fondos de su padre o de su madre
Gastar su propio dinero y después reembolsárselo hace que sea difícil llevar los registros. Si tiene que hacerlo, guarde el recibo y una nota de por qué y cuándo.
- 3
Anótelo todo
Lleve una lista de lo que recibe y de lo que gasta, con fechas, cantidades y motivos, y guarde los recibos incluso de los gastos pequeños. Evite pagar en efectivo.
- 4
Involucre a su padre o a su madre cuando pueda
Pregúntele qué quiere, y comparta los registros con otro familiar como precaución, a menos que el documento diga que no puede hacerlo.
- 5
Fíjese en lo que firma en el hogar de cuidado
Firmar como apoderado es distinto de prometer pagar de su propio bolsillo. Vea quién es responsable de la cuenta de la vida asistida.
Si algo parece estar mal
La autoridad sobre el dinero de alguien puede usarse mal, y un familiar puede hacerlo con la misma facilidad que un extraño. Las señales a las que hay que estar atento, y dónde reportarlas, están en las señales de alerta del abuso financiero a personas mayores. Si alguien está en peligro inmediato, llame al 911. Las quejas sobre un hogar de cuidado con licencia se presentan ante la División de Licencias de Cuidado Comunitario (Community Care Licensing Division) de California al 1-844-538-8766.
Cómo puede ayudar Hamssa
Hamssa Benrekia es especialista en colocación de personas mayores en Torrance y ayuda a las familias del South Bay y de la zona de Harbor a encontrar comunidades de vida asistida (assisted living) y hogares de cuidado residencial (board and care) con licencia. Empieza por las necesidades de cuidado y el presupuesto mensual, y puede decir cuáles hogares de su zona podrían ajustarse a él. Ella no da asesoría legal ni financiera y no maneja el dinero de nadie.
Hay más temas en la Guía de colocación en vida asistida en California. Para hablar sobre una búsqueda, comuníquese con Hamssa.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pagar la cuenta de vida asistida de mi madre desde su cuenta si tengo un poder notarial?
Para eso sirve un poder notarial financiero, dentro de los límites del documento. La Oficina para la Protección Financiera del Consumidor dice que la autoridad de un apoderado se limita estrictamente a lo que permiten el documento y la ley estatal, y que el apoderado debe actuar solo en el mejor interés de la persona, mantener el dinero de ella separado y llevar registros. Un(a) abogado(a) especializado(a) en derecho de personas mayores puede confirmar qué cubre su documento.
¿Es buena idea agregar mi nombre a la cuenta bancaria de mi padre?
Esa es una decisión de su padre, de preferencia con asesoría legal. La Oficina para la Protección Financiera del Consumidor explica que el dinero de una cuenta conjunta es de propiedad conjunta y pasa automáticamente al cotitular al morir el dueño. Una cuenta de conveniencia o de agencia permite que un ayudante gire cheques sin cambiar quién es dueño del dinero. La guía de la oficina para apoderados dice que se eviten las cuentas conjuntas.
¿Qué pasa si mi padre o mi madre nunca firmó un poder notarial y ya no puede manejar el dinero?
Si su padre o su madre todavía es capaz de tomar decisiones, pregunte a un(a) abogado(a) especializado(a) en derecho de personas mayores si se puede firmar uno ahora. Si no, el Seguro Social puede nombrar a un representante del beneficiario para esos beneficios, y un tribunal puede nombrar a un tutor legal del patrimonio. Conforme a la sección 1801 del Código de Sucesiones, eso requiere una persona que sea sustancialmente incapaz de manejar sus recursos financieros o de resistir el fraude o la influencia indebida. Hable con un abogado.
¿Un poder notarial cubre el Seguro Social?
No. La Administración del Seguro Social dice que tener un poder notarial o una cuenta bancaria conjunta con el beneficiario no es lo mismo que ser representante del beneficiario, y que estos arreglos no dan autoridad legal para manejar los beneficios del Seguro Social o de SSI de un beneficiario. Para hacerlo, una persona debe solicitarlo y ser nombrada representante del beneficiario por el Seguro Social.
Fuentes
Páginas oficiales en las que se basa esta página, la mayoría en inglés. Las reglas y los programas cambian, así que consulte la fuente para ver la versión actual.
- Oficina para la Protección Financiera del Consumidor (Consumer Financial Protection Bureau): ¿Está pensando en un cuidador financiero? Conozca sus opciones (Managing Someone Else's Money) (en inglés)
- Oficina para la Protección Financiera del Consumidor (Consumer Financial Protection Bureau): Managing Someone Else's Money, ayuda para apoderados con un poder notarial (en inglés)
- Guía de autoayuda de los Tribunales de California (California Courts Self-Help Guide): opciones para ayudar a una persona con un impedimento o una discapacidad (en inglés)
- Guía de autoayuda de los Tribunales de California (California Courts Self-Help Guide): tutelas legales (Conservatorships) (en inglés)
- Información Legislativa de California (California Legislative Information): Código de Sucesiones (Probate Code), sección 1801 (personas para quienes se puede nombrar a un tutor legal) (en inglés)
- Administración del Seguro Social (Social Security Administration): Preguntas frecuentes para representantes del beneficiario (en inglés)
- Departamento de Servicios Sociales de California: línea de quejas de CCLD (CCLD Complaint Hotline) (en inglés)
Esta guía es información general, no un consejo médico, legal ni financiero. Las reglas y los costos de los programas cambian; confirme los detalles con la agencia mencionada en las fuentes.