Puntos clave
- El cuidado de la sonda urinaria y el cuidado de la colostomía o la ileostomía son condiciones de salud restringidas en un RCFE de California: se permiten, con condiciones.
- Solo un profesional con la capacitación adecuada (appropriately skilled professional) puede insertar, retirar o irrigar una sonda permanente, según las órdenes de un médico.
- Los cuidadores pueden vaciar una bolsa de sonda, o cambiar una bolsa de ostomía y el adhesivo, después de que un profesional los instruya y lo documente.
- Un residente que se hace todo el cuidado de su ostomía necesita una nota del médico que diga que la ostomía ha sanado por completo.
- Un hogar no puede ponerle una sonda urinaria a un residente para controlar la incontinencia por su propia conveniencia.
¿Qué dicen las reglas de California sobre las sondas urinarias y las ostomías en la vida asistida?
MedlinePlus, el sitio de salud de la Biblioteca Nacional de Medicina (National Library of Medicine), describe una sonda urinaria, también llamada catéter urinario, como un tubo que se coloca en el cuerpo para drenar la orina de la vejiga. Una sonda permanente es la que se deja en la vejiga y se conecta a una bolsa de drenaje. Una ostomía es una cirugía que crea una abertura, llamada estoma, para que los desechos salgan del cuerpo por una vía nueva. En una colostomía el colon se une al estoma, y en una ileostomía se une la parte final del intestino delgado.
Las comunidades de vida asistida y los hogares de cuidado residencial, que en California tienen licencia como centros de cuidado residencial para personas mayores (RCFE), son hogares no médicos. El Título 22 del Código de Regulaciones de California (Title 22), sección 87612, enumera el cuidado de la sonda urinaria y el cuidado de la colostomía o la ileostomía como condiciones de salud restringidas. Un hogar puede cuidar a un residente que tenga una de ellas, pero solo como lo permite la sección escrita para esa condición: la 87623 para una sonda urinaria permanente y la 87621 para una colostomía o una ileostomía.
Los números de sección en esta parte del Título 22 se confunden con facilidad. La sección 87622, que está entre las dos, cubre los enemas, los supositorios y la extracción de impactación fecal, no las sondas urinarias. La lista completa está en nuestra guía sobre las condiciones de salud que puede aceptar la vida asistida.
¿Quién debe hacer cada parte del cuidado de la sonda urinaria?
La sección 87623 permite que un hogar acepte o mantenga a un residente con una sonda permanente si el residente es capaz, física y mentalmente, de encargarse de todos los aspectos de la condición, excepto la inserción y la irrigación. Esas dos tareas, y el retiro, están reservadas para un profesional con la capacitación adecuada. La sección 1569.39 del Código de Salud y Seguridad de California (Health and Safety Code) lo define como una persona capacitada y con licencia para realizar el procedimiento, como un enfermero registrado o una enfermera registrada (registered nurse) o un enfermero o una enfermera vocacional con licencia (licensed vocational nurse), que puede trabajar para una agencia de salud en el hogar (home health), para el residente o para el hogar.
Cuando el residente necesita ayuda, la sección divide el trabajo de la siguiente manera.
| Tarea de la sonda urinaria | Quién puede hacerla según la sección 87623 |
|---|---|
| Insertar o retirar la sonda | Solo un profesional con la capacitación adecuada, según las órdenes de un médico. |
| Irrigar la sonda | Solo un profesional con la capacitación adecuada, siguiendo las órdenes del médico. |
| Cambiar la bolsa y el tubo | El residente, o un profesional con la capacitación adecuada si el residente requiere ayuda. |
| Vaciar la bolsa | El residente, o el personal del centro que ha recibido instrucción de un profesional con la capacitación adecuada. |
| Revisar la técnica del personal | El profesional revisa el desempeño del personal con la frecuencia necesaria, y al menos una vez al año. |
¿Quién debe hacer cada parte del cuidado de la colostomía o la ileostomía?
La sección 87621 da dos vías. En la primera, el residente es capaz, mental y físicamente, de hacerse todo el cuidado de rutina de la ostomía, y el médico ha documentado que la ostomía ha sanado por completo. En la segunda, la ayuda con la ostomía la da un profesional con la capacitación adecuada.
En la segunda vía, la sección permite que una tarea se entregue a los cuidadores: la bolsa de ostomía y el adhesivo los puede cambiar el personal del centro que ha sido instruido por el profesional. El profesional debe poner por escrito qué procedimientos se delegaron y los nombres del personal que recibió la instrucción, y debe revisar los procedimientos y las técnicas no menos de dos veces al mes. Esa es una revisión mucho más frecuente que la revisión anual para las bolsas de sonda.
La sección nombra la colostomía y la ileostomía. No menciona la urostomía, el tipo de ostomía que conduce la orina, y la sección 87623 está escrita para una sonda permanente y no trata de una sonda que el residente se pone y se quita a lo largo del día. Si alguna de las dos se aplica a su padre o su madre, pregunte a cada hogar cómo lo manejaría y si lo ha consultado con su oficina de licencias.
¿Qué más debe hacer el hogar?
Ambas secciones agregan deberes que se aplican sin importar quién haga el cuidado:
- Privacidad siempre que se da el cuidado de la sonda urinaria o de la ostomía.
- Desecho de las bolsas usadas y de los materiales de desecho como lo especifican las regulaciones.
- Capacitación práctica dada por un profesional con licencia para el personal que participa, completada antes de que dé el cuidado.
- La documentación del médico en el expediente, que cubre qué tan estable es la condición y si el residente es capaz de realizar el procedimiento.
- Vigilancia de la capacidad del residente para seguir haciéndose su propio cuidado, con cualquier cambio documentado.
- Personal que puede reconocer un problema y comunicarse con el médico o con el profesional.
Una condición más se aplica solo a las ostomías. Según la sección 87611, un hogar que en los últimos dos años ha tenido una licencia en período de prueba, una acción administrativa, una conferencia por incumplimiento que terminó en un plan correctivo, o ciertos avisos de deficiencias graves debe obtener la aprobación del Departamento de Servicios Sociales de California (CDSS) antes de aceptar o mantener a un residente con una colostomía o una ileostomía.
¿Puede un hogar usar una sonda urinaria para manejar la incontinencia?
No por conveniencia del hogar. La sección sobre la incontinencia, la 87625, hace al hogar responsable de asegurarse de que a un residente con incontinencia no se le ponga una sonda urinaria para controlar la incontinencia por conveniencia del titular de la licencia. Si se usa una sonda es una cuestión médica que corresponde al médico. Nuestra guía sobre la incontinencia en la vida asistida explica lo que los hogares pueden y no pueden hacer.
¿Cuándo entran las excepciones, el hospicio y las enfermeras externas?
La mayoría de los hogares pequeños no tienen una enfermera o un enfermero en el personal, así que las tareas especializadas por lo general las hace una enfermera o un enfermero visitante. El Título 22 exige un acuerdo escrito entre el hogar y una agencia de salud en el hogar que cubra los servicios, con qué frecuencia se dan y cómo se comunican los dos. Vea terapia y salud en el hogar en un RCFE para saber cómo funciona eso y quién paga. La Parte B de Medicare cubre los suministros de ostomía médicamente necesarios para las personas que han tenido una colostomía, una ileostomía o una ostomía urinaria.
Si las necesidades de un residente van más allá de lo que permiten las dos secciones, la sección 87616 permite que el hogar envíe al Departamento de Servicios Sociales una solicitud de excepción por escrito con informes médicos actuales y su plan. Quien solicita es el hogar, y el departamento decide.
Un hogar que tiene una exención para cuidados de hospicio (hospice care waiver) no necesita una excepción aparte para un residente con una enfermedad terminal cuyo plan de cuidados de hospicio aborde el cuidado de la sonda urinaria o de la ostomía. La sección 87633 mantiene un límite: el personal del centro no puede realizar un procedimiento que, por ley, solo puede realizar un profesional con licencia. Hay más sobre esto en cuidados de hospicio en la vida asistida.
Qué preguntarle a un hogar, y cómo puede ayudar Hamssa
Pregunte quién inserta y cambia la sonda y con qué frecuencia viene una enfermera o un enfermero, qué cuidadores han recibido instrucción y de quién, qué pasa de noche o en un fin de semana si una sonda se tapa o una bolsa gotea, y quién pide los suministros. Un hogar nunca está obligado a aceptar a una persona en particular, así que dos hogares con licencia pueden responder de manera distinta.
Hamssa Benrekia es especialista en colocación de personas mayores en Torrance, con experiencia en cuidados de hospicio, cuidados paliativos y salud en el hogar. Ella puede ayudar a una familia del South Bay y de la zona de Harbor a buscar un hogar de cuidado residencial o una comunidad de vida asistida con licencia que diga que puede manejar una sonda urinaria o una ostomía, y va a las visitas con usted. Para hablarlo, comuníquese con Hamssa, o empiece por la Guía de colocación en vida asistida en California.
Preguntas frecuentes
¿Pueden los cuidadores de un hogar de cuidado residencial cambiar una sonda urinaria?
No. El Título 22, sección 87623, dice que una sonda permanente solo la puede insertar y retirar un profesional con la capacitación adecuada, según las órdenes de un médico, y la irrigación también está reservada para ese profesional. Si el residente necesita ayuda, la bolsa y el tubo los cambia el profesional. Los cuidadores pueden vaciar la bolsa una vez que un profesional los ha instruido y ha documentado la instrucción.
¿Puede el personal de vida asistida cambiar una bolsa de colostomía?
Sí, bajo condiciones. La sección 87621 permite que el personal del centro cambie la bolsa de ostomía y el adhesivo cuando un profesional con la capacitación adecuada lo ha instruido. El profesional debe documentar qué procedimientos se delegaron y nombrar al personal que recibió la instrucción, y debe revisar los procedimientos y las técnicas no menos de dos veces al mes. El resto del cuidado de la ostomía lo da el profesional o el residente.
Mi padre maneja su propia ostomía. ¿Necesita el hogar algo de su médico?
Sí. Para un residente que se hace todo el cuidado de rutina de la ostomía, la sección 87621 exige que el médico haya documentado que la ostomía ha sanado por completo. El hogar también conserva la documentación del médico sobre la condición y debe vigilar si su padre puede seguir haciéndose su propio cuidado. Pida esa documentación al médico de él antes de que empiecen los trámites de la mudanza.
¿Paga Medicare los suministros de ostomía en la vida asistida?
La Parte B de Medicare cubre los suministros de ostomía médicamente necesarios para las personas que han tenido una colostomía, una ileostomía o una ostomía urinaria, en la cantidad que el médico diga que se necesita. La persona todavía debe pagar el deducible y el coseguro de la Parte B. Pregunte al proveedor cuánto pagaría su padre o su madre, y pregunte al hogar quién pide y guarda los suministros.
Fuentes
Páginas oficiales en las que se basa esta página, la mayoría en inglés. Las reglas y los programas cambian, así que consulte la fuente para ver la versión actual.
- Departamento de Servicios Sociales de California: Título 22, División 6, Capítulo 8, regulaciones de los centros de cuidado residencial para personas mayores, secciones 87555 a 87795 (documento de Word; la colostomía y la ileostomía son la sección 87621, la sonda urinaria permanente 87623, la incontinencia 87625, el hospicio 87633) (en inglés)
- Legal Information Institute de la Facultad de Derecho de Cornell: Código de Regulaciones de California, Título 22, sección 87623, Sonda urinaria permanente (en inglés)
- Legal Information Institute de la Facultad de Derecho de Cornell: Código de Regulaciones de California, Título 22, sección 87621, Colostomía/Ileostomía (en inglés)
- California Legislative Information: Código de Salud y Seguridad, sección 1569.39 (condiciones de salud restringidas, profesional con la capacitación adecuada) (en inglés)
- MedlinePlus (Biblioteca Nacional de Medicina): Sondas urinarias (en inglés)
- MedlinePlus (Biblioteca Nacional de Medicina): Ostomía (en inglés)
- Medicare.gov: Cobertura de los suministros de ostomía (en inglés)
Esta guía es información general, no un consejo médico, legal ni financiero. Las reglas y los costos de los programas cambian; confirme los detalles con la agencia mencionada en las fuentes.