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Guía · Condiciones de salud y necesidades de cuidado

¿Puede una persona postrada en cama vivir en vida asistida en California?

A veces. La ley de California permite que una comunidad de vida asistida (assisted living) o un hogar de cuidado residencial (board and care) admita o mantenga a una persona postrada en cama si el hogar tiene la autorización contra incendios (fire clearance) apropiada y notifica a la autoridad local de bomberos. Sin esa autorización, un residente postrado en cama puede quedarse solo durante una enfermedad temporal o la recuperación de una cirugía, según la sección 1569.72 del Código de Salud y Seguridad de California (Health and Safety Code).

Puntos clave

  • Estar postrado(a) en cama tiene un significado legal: necesitar ayuda para voltearse y cambiar de posición en la cama, o no poder acostarse ni levantarse de la cama sin ayuda.
  • Un hogar con la autorización contra incendios apropiada puede admitir y mantener a residentes postrados en cama.
  • El hogar debe notificar a la autoridad local de bomberos a más tardar 48 horas después de admitir o mantener a un residente postrado en cama.
  • Sin la autorización, se permite una estancia de una persona postrada en cama por una enfermedad temporal de 14 días o menos, o por la recuperación de una cirugía.
  • Pasados los 14 días, el hogar debe notificar al estado por escrito y enviar una declaración de un médico, y el estado decide.

¿Puede un hogar de vida asistida de California admitir o mantener a una persona postrada en cama?

El punto de partida de la sección 1569.72 del Código de Salud y Seguridad es que no. Dice que ningún residente será admitido ni mantenido en una comunidad de vida asistida o un hogar de cuidado residencial, que en California tienen licencia como centros de cuidado residencial para personas mayores (RCFE), si el residente está postrado en cama, salvo por una enfermedad temporal o por la recuperación de una cirugía.

La misma sección abre luego una puerta. Las personas postradas en cama pueden ser admitidas y permanecer en los RCFE que obtengan y mantengan una autorización contra incendios apropiada. La Legislatura también escribió que la sección debe interpretarse con flexibilidad, para que las personas postradas en cama puedan evitar la institucionalización y ser admitidas, y permanecer con seguridad, en hogares de cuidado residencial en la comunidad.

Así que la pregunta para una familia es práctica: ¿este hogar en particular tiene la autorización, y está dispuesto y tiene el personal para dar este nivel de cuidado? Un hogar nunca está obligado a aceptar a una persona en particular.

¿Qué significa estar postrado en cama según la ley de California?

No significa pasar la mayor parte del día en la cama. La sección 1569.72 define estar postrado en cama como necesitar ayuda para voltearse y cambiar de posición en la cama, o no poder acostarse ni levantarse de la cama sin ayuda, excepto en un centro con personal de cuidado apropiado y suficiente, dispositivos mecánicos si son necesarios, y precauciones de seguridad, según lo determine en regulaciones el director del Departamento de Servicios Sociales.

La ley traza una línea más. Los residentes que no pueden acostarse ni levantarse de la cama sin ayuda, pero que no necesitan ayuda para voltearse ni cambiar de posición en la cama, se consideran no ambulatorios (nonambulatory) cuando se decide la autorización contra incendios. No ambulatorio es una categoría inferior, que se explica en nuestra guía sobre sillas de ruedas y traslados.

¿Quién decide? La ley da la determinación de si una persona está postrada en cama al Director de Servicios Sociales o a un representante designado. En la práctica diaria, el primer registro es el del médico: el Título 22 del Código de Regulaciones de California (Title 22), sección 87458, exige que la evaluación médica que se hace antes de la admisión indique si la persona es ambulatoria, no ambulatoria o está postrada en cama.

¿Qué autorización contra incendios necesita el hogar, y a quién hay que avisar?

El Título 22, sección 87202, exige que un hogar notifique a la agencia de licencias y obtenga una autorización contra incendios apropiada antes de aceptar o mantener a una persona postrada en cama. La autorización viene del departamento o distrito de bomberos de la ciudad o del condado, o del Jefe de Bomberos del Estado (State Fire Marshal). La sección 87606 repite el requisito para toda estancia de una persona postrada en cama que no sea por una enfermedad temporal o la recuperación de una cirugía.

Según la sección 1569.72, la autorización contra incendios debe emitirse si se cumplen los requisitos de seguridad contra incendios o si se aprueban métodos alternativos de protección. Para los hogares que cuidan a seis personas o menos, un funcionario local de bomberos no puede imponer requisitos más estrictos que las regulaciones del Jefe de Bomberos del Estado para ese tipo de hogar, o que los requisitos locales para cualquier otra vivienda unifamiliar, lo que sea más estricto.

El aviso es un deber aparte, y se aplica sin importar cuánto tiempo vaya a estar la persona postrada en cama. Todo hogar que admite o mantiene a un residente postrado en cama debe notificar a la autoridad local de bomberos, a más tardar 48 horas después de la admisión o de la decisión de mantenerlo, el tiempo estimado que el residente seguirá postrado en cama.

Si hay una disputa sobre lo que exigen las reglas contra incendios, el hogar, el residente o el representante del residente, o el funcionario local de bomberos puede pedir una opinión por escrito a la Oficina del Jefe de Bomberos del Estado. La ley da al Jefe de Bomberos 45 días para emitirla.

¿Qué es la regla de la enfermedad temporal?

Un hogar sin una autorización contra incendios para personas postradas en cama aún puede mantener a un residente que queda postrado en cama por poco tiempo. Esta es la secuencia de la sección 1569.72 y del Título 22, sección 87606:

  1. 1

    El residente queda postrado en cama

    Una gripe, una caída o una cirugía deja a su madre sin poder voltearse en la cama ni levantarse de la cama sin ayuda. El hogar puede mantenerla durante una enfermedad temporal o la recuperación de una cirugía.

  2. 2

    A más tardar 48 horas después: aviso a la autoridad de bomberos

    El hogar le informa a la autoridad local de bomberos que hay un residente postrado en cama en el edificio y da el tiempo estimado.

  3. 3

    Hasta 14 días: enfermedad temporal

    La ley define una enfermedad temporal como cualquier enfermedad que dure 14 días o menos.

  4. 4

    Más de 14 días: aviso al estado y una declaración de un médico

    El hogar debe notificar por escrito al Departamento de Servicios Sociales y enviar una declaración escrita de un médico de que la enfermedad o la recuperación es temporal, con una fecha estimada en que terminará o en que el residente ya no estará confinado a la cama. El hogar también da a la autoridad de bomberos la estimación revisada.

  5. 5

    El departamento decide

    La residente puede quedarse si el departamento determina que su salud y su seguridad están adecuadamente protegidas en ese hogar y que no es necesario el traslado a un nivel de cuidado más alto.

La ley agrega que nada de esto amplía el alcance del cuidado que un RCFE puede dar. Una persona que necesita enfermería especializada las 24 horas no puede ser admitida ni mantenida bajo ninguna de estas reglas.

¿Qué debe hacer un hogar para cuidar a un residente postrado en cama?

El Título 22, sección 87606, fija condiciones para todo hogar que acepta o mantiene a residentes postrados en cama:

  • Un plan de operación que indique cómo el hogar atenderá las necesidades de salud, seguridad y cuidado de los residentes postrados en cama.
  • Un plan de emergencias y desastres que aborde las precauciones de seguridad contra incendios específicas para evacuar a los residentes postrados en cama.
  • Expedientes de los residentes que muestren que el hogar está atendiendo las necesidades de cada residente postrado en cama.
  • Expedientes del personal que documenten la capacitación específica para el cuidado de residentes postrados en cama.
  • Un registro de residentes con un localizador de habitaciones, disponible para el personal de emergencia cuando lo pida, cuya ubicación el personal conozca en todo momento.

Otros límites siguen aplicándose. Las lesiones por presión en etapa 3 y 4 son condiciones de salud prohibidas, y también lo es depender de otras personas para realizar todas las actividades de la vida diaria, a menos que el estado conceda una excepción o un plan de cuidados de hospicio (hospice) cubra la condición. Vea las condiciones de salud que puede aceptar la vida asistida y nuestra guía sobre el cuidado de heridas. La sección 87606 también dice que la agencia de licencias puede exigir la reubicación de un residente postrado en cama cuyas necesidades no se están atendiendo o superan lo que el hogar puede dar.

El hospicio cambia el panorama para muchas familias. El Título 22 dice que los residentes que reciben cuidados de hospicio y están postrados en cama pueden vivir en el hogar si este cumple con la sección 87606, y la ley sobre el hospicio mantiene los deberes de notificar a la autoridad de bomberos y de tener la autorización contra incendios. Nuestra página sobre hogares de cuidado residencial para alguien en hospicio cubre esa situación.

¿Qué debe preguntarle a un hogar?

Pida al médico que describa, por escrito, qué ayuda necesita su padre o su madre en la cama y para levantarse de la cama. Luego pregunte a cada hogar:

  • ¿Tienen una autorización contra incendios para residentes postrados en cama, y para cuántos?
  • ¿Qué habitaciones están aprobadas para residentes postrados en cama?
  • ¿Quién voltea y cambia de posición a los residentes, con qué frecuencia, y quién lo hace de noche?
  • ¿Qué capacitación ha recibido su personal en el cuidado de residentes postrados en cama?
  • ¿Tienen una exención para cuidados de hospicio (hospice care waiver)?
  • Si mi padre queda postrado en cama después de mudarse, ¿qué harían ustedes en las primeras 48 horas y después de 14 días?

Si las respuestas muestran que su padre o su madre necesita más de lo que un RCFE puede dar, nuestra guía sobre cuando la vida asistida no es suficiente cubre las siguientes opciones.

Cómo puede ayudar Hamssa

Hamssa Benrekia es especialista en colocación de personas mayores en Torrance, con experiencia en cuidados de hospicio, cuidados paliativos y salud en el hogar (home health). Ayuda a las familias del South Bay y de la zona de Harbor a encontrar hogares con licencia, muchos de ellos hogares pequeños mediante su servicio de colocación en hogares de cuidado residencial, y puede decirle cuáles de los hogares que conoce dicen que cuidan a residentes postrados en cama. El hogar, el médico, la autoridad de bomberos y el estado deciden si una persona puede ser admitida. Para hablar de su situación, comuníquese con Hamssa, o empiece por la Guía de colocación en vida asistida en California.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la definición legal de estar postrado en cama en la vida asistida de California?

La sección 1569.72 del Código de Salud y Seguridad define estar postrado en cama como necesitar ayuda para voltearse y cambiar de posición en la cama, o no poder acostarse ni levantarse de la cama sin ayuda, excepto en un centro con personal de cuidado apropiado y suficiente, dispositivos mecánicos si son necesarios, y precauciones de seguridad, según se determine en las regulaciones estatales. Un residente que no puede acostarse ni levantarse solo pero puede voltearse en la cama se considera no ambulatorio cuando se decide la autorización contra incendios.

¿Cuánto tiempo puede quedarse un residente postrado en cama en un hogar sin autorización contra incendios para personas postradas en cama?

Durante una enfermedad temporal, que la ley define como una enfermedad que dura 14 días o menos, o durante la recuperación de una cirugía. Una estancia de más de 14 días exige que el hogar notifique por escrito al Departamento de Servicios Sociales y presente una declaración de un médico de que la condición es temporal, con una fecha estimada de término. El departamento debe concluir que la salud y la seguridad del residente están adecuadamente protegidas allí.

¿El hogar tiene que avisar al departamento de bomberos sobre un residente postrado en cama?

Sí. La sección 1569.72 del Código de Salud y Seguridad exige que todo hogar que admite o mantiene a un residente postrado en cama notifique a la autoridad local de bomberos a más tardar 48 horas después y dé el tiempo estimado que el residente seguirá postrado en cama. La regla se aplica sin importar la duración de la estancia, incluso para los residentes en hospicio.

Fuentes

Páginas oficiales en las que se basa esta página, la mayoría en inglés. Las reglas y los programas cambian, así que consulte la fuente para ver la versión actual.

Esta guía es información general, no un consejo médico, legal ni financiero. Las reglas y los costos de los programas cambian; confirme los detalles con la agencia mencionada en las fuentes.

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