Puntos clave
- La Alzheimer's Association (Asociación de Alzheimer) dice que siempre se deben intentar primero los enfoques sin medicamentos.
- Los antipsicóticos llevan una advertencia de recuadro (boxed warning) sobre un mayor riesgo de derrame cerebral y de muerte en adultos mayores con demencia.
- Un hogar de cuidado ayuda con los medicamentos que un médico ha ordenado. No puede obligar a tomarlos ni esconderlos.
- La ley de California cuenta como maltrato físico una sujeción química o un medicamento psicotrópico que se usa como castigo, o con un fin que el médico no autorizó.
- La ley de consentimiento por escrito para los medicamentos psicoterapéuticos se aplica a los centros de enfermería, no a la vida asistida. Pregunte directamente a quien receta.
¿Por qué se tratan con cautela los medicamentos para el comportamiento en la demencia?
Los medicamentos que actúan sobre el estado de ánimo, el pensamiento o el comportamiento se llaman psicoactivos o psicotrópicos. Incluyen los antipsicóticos, los medicamentos contra la ansiedad, los medicamentos para dormir y los antidepresivos. Esta página trata de las reglas que los rodean en un hogar de cuidado. Si algún medicamento es adecuado para su padre o su madre es una pregunta para el médico que receta y para el farmacéutico.
La Alzheimer's Association declara que siempre se deben intentar primero los enfoques sin medicamentos, y que se puede considerar un medicamento cuando esos enfoques no han funcionado después de usarse de forma constante, sobre todo para síntomas graves o un riesgo de daño. Informa que los antipsicóticos se asocian con un mayor riesgo de derrame cerebral y de muerte en adultos mayores con demencia, y que la Administración de Alimentos y Medicamentos (Food and Drug Administration) exige en ellos una advertencia de recuadro sobre esos riesgos.
Su postura es directa: los medicamentos antipsicóticos no se deben usar para sedar o sujetar a las personas con demencia. Describe su uso como apropiado solo en situaciones limitadas, como cuando los síntomas se deben a manía o psicosis, representan un peligro para la persona o para otros, o causan una angustia inconsolable.
¿Quién decide si un residente con demencia toma un medicamento para el comportamiento?
No el hogar de cuidado. Las comunidades de vida asistida y los hogares de cuidado residencial tienen licencia en California como centros de cuidado residencial para personas mayores (RCFE), y no son médicos. Según el Título 22 del Código de Regulaciones de California (Title 22), sección 87465, el hogar ayuda a los residentes con los medicamentos que se administran a sí mismos. Un médico u otro profesional que receta ordena el medicamento. Nuestra guía sobre el manejo de medicamentos en la vida asistida explica la ayuda, el almacenamiento y los registros.
La decisión de aceptar un medicamento le pertenece al residente. La regulación sobre los derechos personales da a todo residente el derecho a recibir o rechazar la atención médica. Cuando una persona ya no puede tomar esa decisión, quién decide por ella depende de documentos como una directiva anticipada de atención médica (advance health care directive) o una tutela legal (conservatorship). Ese es un asunto legal, y un abogado especializado en derecho de personas mayores o el Defensor del Cuidado a Largo Plazo (Long-Term Care Ombudsman) puede explicarlo para la situación de su familia.
Lo que el hogar le debe al médico es información exacta. Cuando el personal ve un comportamiento que podría causar daño, la regla de reevaluación le exige registrar lo que pasó justo antes y usar la intervención menos restrictiva. Un profesional que receta y que solo escucha "estaba agitada" tiene menos con qué trabajar que uno que escucha qué lo desencadenó. Vea el síndrome del atardecer (sundowning) y los cambios de comportamiento.
¿Un hogar de cuidado de California necesita consentimiento por escrito para dar un medicamento psicoactivo?
Aquí es donde la vida asistida se diferencia de un asilo de ancianos, y donde a las familias a menudo les dan la respuesta equivocada.
California sí tiene una ley de consentimiento detallada para estos medicamentos. La sección 1599.15 del Código de Salud y Seguridad de California (Health and Safety Code) exige que quien receta examine personalmente al residente y obtenga el consentimiento informado por escrito del residente o del representante del residente antes de recetar un medicamento psicoterapéutico. Quien receta debe explicar los enfoques sin medicamentos, cualquier advertencia de recuadro y si el uso está aprobado por la Administración de Alimentos y Medicamentos. Pero esa sección define a un residente como una persona que está en un centro de enfermería especializada (skilled nursing facility) o en un centro de cuidados intermedios (intermediate care facility). No cubre a los RCFE.
Las reglas de los RCFE que leímos protegen al residente de otras maneras: el derecho a negarse, la prohibición de obligar a tomar un medicamento o de esconderlo, la orden del médico que se necesita para cada dosis según sea necesario, la capacitación del personal y la ley sobre el maltrato que se describe más abajo. Así que, en la vida asistida, pídale a quien receta, no solo al hogar, que le avise antes de empezar un medicamento nuevo, y haga esa petición por escrito.
¿Puede un residente con demencia negarse a tomar un medicamento?
Sí. El Título 22, sección 87465, dice que ayudar con la autoadministración no incluye obligar a un residente a tomar un medicamento, esconder o disimular el medicamento en otras sustancias sin el conocimiento y el consentimiento del residente, ni vulnerar de otra manera el derecho del residente a negarse a tomar un medicamento.
La regulación no hace ninguna excepción para un residente con demencia. Una negativa también es información que el médico necesita. Pregunte a un hogar qué hacen sus cuidadores, en la práctica, cuando un residente dice que no, y qué tan pronto se enteran quien receta y la familia.
Hay más sobre los derechos de los residentes en general en los derechos de los residentes de RCFE en California.
¿Cuándo se convierte un medicamento en una sujeción química?
La ley de California sobre el maltrato de personas mayores marca la línea. La sección 15610.63 del Código de Bienestar e Instituciones (Welfare and Institutions Code) define el maltrato físico de modo que incluye el uso de una sujeción física o química o de un medicamento psicotrópico en cualquiera de estas condiciones:
- Como castigo.
- Durante un período que va más allá de aquel para el cual el medicamento fue ordenado por un médico con licencia de California que está dando la atención médica de la persona.
- Con cualquier fin no autorizado por el médico.
Los medicamentos según sea necesario (PRN) merecen una mirada atenta, porque se dan en el momento de un comportamiento. El Título 22 exige una orden de un médico, firmada y fechada, para cada uno, que indique los síntomas específicos, la dosis exacta, el número mínimo de horas entre dosis y el número máximo de dosis en 24 horas. Cuando un residente no puede juzgar la necesidad ni describir los síntomas con claridad, el personal debe comunicarse con el médico antes de cada dosis.
Si usted cree que a un residente lo están medicando por conveniencia o como castigo y está en peligro inmediato, llame al 911. Las quejas sobre un hogar con licencia van a la División de Licencias de Cuidado Comunitario (Community Care Licensing Division) de California, que las recibe por teléfono, por correo electrónico y en línea.
¿Qué capacitación tienen los cuidadores sobre estos medicamentos?
La ley de California nombra el tema más de una vez. La capacitación de todo trabajador de cuidado directo debe cubrir el cuidado de la demencia, incluido el uso y el mal uso de los antipsicóticos y los efectos adversos de los medicamentos psicotrópicos que se usan para controlar el comportamiento de las personas con demencia, junto con enfoques sin medicamentos y centrados en la persona. La regulación sobre la demencia, la sección 87705, agrega capacitación para reconocer los efectos de los medicamentos que se usan comúnmente para reducir el comportamiento.
El personal que ayuda con los medicamentos tiene una capacitación aparte según la sección 1569.69 del Código de Salud y Seguridad. Sus temas obligatorios incluyen los efectos adversos de los medicamentos psicotrópicos que se usan para controlar el comportamiento en la demencia y el mayor riesgo de muerte cuando a los residentes mayores con demencia se les dan medicamentos antipsicóticos. El conjunto más amplio de reglas está en las reglas de California sobre el cuidado de la demencia.
¿Qué debe preguntarles al hogar y al médico, y cómo puede ayudar Hamssa?
Lleve la lista actualizada de medicamentos a cada conversación, y pida una copia cada vez que cambie. Luego pregunte:
- Al hogar: ¿qué intentan antes de llamar al médico por un comportamiento?
- Al hogar: ¿a quién llaman, y me llamarán a mí al mismo tiempo?
- Al hogar: ¿puedo ver el registro de las dosis según sea necesario y lo que llevó a cada una?
- Al hogar: ¿qué hacen sus cuidadores cuando un residente se niega a tomar una pastilla?
- Al médico: ¿para qué es este medicamento, y ese uso está aprobado?
- Al médico: ¿lleva una advertencia de recuadro, y a qué debemos estar atentos?
- Al médico: ¿cuándo va a revisar si todavía se necesita?
Hamssa Benrekia es especialista en colocación de personas mayores en Torrance, con experiencia en cuidados de hospicio (hospice), cuidados paliativos y salud en el hogar (home health), y tiene el certificado de administradora de RCFE (RCFE Administrator Certificate). Ayuda a las familias del South Bay y de la zona de Harbor del condado de Los Ángeles a comparar hogares con licencia y pregunta por las prácticas con los medicamentos en las visitas. Ella no da consejos médicos. Para hablar sobre la colocación en cuidado de la memoria (memory care), comuníquese con Hamssa. La Guía de colocación en vida asistida en California cubre los demás pasos.
Preguntas frecuentes
¿Puede un hogar de cuidado darle un antipsicótico a mi madre sin avisarme?
Un hogar de cuidado no puede empezar una receta por su cuenta: un médico u otro profesional que receta debe ordenarla, y el personal solo puede ayudar a su madre a tomarla. La ley de California de consentimiento por escrito para los medicamentos psicoterapéuticos, la sección 1599.15 del Código de Salud y Seguridad, se aplica a los centros de enfermería especializada y de cuidados intermedios, no a la vida asistida. Pida por escrito a quien receta y al hogar que se comuniquen con usted antes de cualquier medicamento nuevo.
¿Puede el personal esconder una pastilla en la comida de un residente con demencia?
No sin el conocimiento y el consentimiento del residente. El Título 22, sección 87465, declara que la ayuda con la autoadministración no incluye obligar a un residente a tomar un medicamento, esconder o disimular medicamentos en otras sustancias sin el conocimiento y el consentimiento del residente, ni vulnerar de otra manera el derecho a negarse. Si su padre o su madre tiene dificultad para tragar o se niega con frecuencia, plantéelo al médico que receta.
¿Qué es una sujeción química?
Las familias usan el término para un medicamento que se da para sedar o controlar a una persona. La ley de California sobre el maltrato de personas mayores, la sección 15610.63 del Código de Bienestar e Instituciones, cuenta el uso de una sujeción química o de un medicamento psicotrópico como maltrato físico cuando es como castigo, continúa más allá del período que el médico ordenó o es con cualquier fin que el médico no autorizó.
¿Los cuidadores de California reciben capacitación sobre los riesgos de los antipsicóticos?
Sí. La sección 1569.69 del Código de Salud y Seguridad exige que el personal que ayuda con los medicamentos reciba capacitación sobre los efectos adversos de los medicamentos psicotrópicos que se usan para controlar el comportamiento en la demencia y sobre el mayor riesgo de muerte cuando a los residentes mayores con demencia se les dan antipsicóticos. La capacitación general de los cuidadores también debe cubrir el uso y el mal uso de los antipsicóticos.
Fuentes
Páginas oficiales en las que se basa esta página, la mayoría en inglés. Las reglas y los programas cambian, así que consulte la fuente para ver la versión actual.
- Alzheimer's Association: tratamientos para el comportamiento (en inglés)
- Departamento de Servicios Sociales de California: Título 22, División 6, Capítulo 8, regulaciones de los centros de cuidado residencial para personas mayores, secciones 87405 a 87508 (documento de Word; las reevaluaciones son la sección 87463, los medicamentos son la sección 87465, los derechos personales son la sección 87468.1) (en inglés)
- Departamento de Servicios Sociales de California: Título 22, División 6, Capítulo 8, regulaciones de los centros de cuidado residencial para personas mayores, secciones 87555 a 87795 (documento de Word; el cuidado de la demencia es la sección 87705, que cita los temas de capacitación de la sección 1569.625 del Código de Salud y Seguridad) (en inglés)
- California Legislative Information: Código de Salud y Seguridad, sección 1569.69 (capacitación sobre medicamentos para el personal de los RCFE) (en inglés)
- California Legislative Information: Código de Bienestar e Instituciones, sección 15610.63 (maltrato físico, incluidos la sujeción química y los medicamentos psicotrópicos) (en inglés)
- California Legislative Information: Código de Salud y Seguridad, sección 1599.15 (consentimiento informado por escrito para los medicamentos psicoterapéuticos en los centros de enfermería especializada y de cuidados intermedios) (en inglés)
- Departamento de Servicios Sociales de California: línea de quejas de CCLD (CCLD Complaint Hotline) (en inglés)
Esta guía es información general, no un consejo médico, legal ni financiero. Las reglas y los costos de los programas cambian; confirme los detalles con la agencia mencionada en las fuentes.